Este articulo detalla las funciones y límites de la curatela del penado, asegurando que el curador administre sus bienes y cuide de los menores o incapaces bajo su autoridad. Esto es clave para la protección familiar.
Prelación, límites y funciones de curatela legítima La curatela a que se refiere el artículo 595 se discierne por el orden establecido en el artículo 569 y se limita a la administración de los bienes y a la representación en juicio del penado. El curador está también obligado a cuidar de la persona y bienes de los menores o incapaces que se hallaren bajo la autoridad del interdicto hasta que se les provea de tutor o de otro curador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El curador tiene un papel fundamental en la administración de bienes y protección de menores, y su actuación puede influir directamente en el bienestar de la familia del penado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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