CC

Artículo 451. Deposito bancario para hijos

El dinero de los hijos debe ser depositado en instituciones de credito a nombre del menor, asegurando su correcta administracion. Esto protege los intereses financieros del menor.

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Texto Legal

Depósito bancario del dinero de los hijos El dinero de los hijos, mientras se invierta con sujeción a lo dispuesto en el artículo 453, debe ser colocado en condiciones apropiadas en instituciones de crédito y a nombre del menor. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con esta disposicion puede llevar a la mala administracion de los fondos del menor, afectando su futuro economico.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 451 del CC?

El dinero de los hijos debe ser depositado en instituciones de credito a nombre del menor, asegurando su correcta administracion. Esto protege los intereses financieros del menor.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 451 de la CC?

No cumplir con esta disposicion puede llevar a la mala administracion de los fondos del menor, afectando su futuro economico.

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