El reconocimiento de un hijo es irrevocable y no admite modalidades. Esto garantiza la estabilidad de la relación filial una vez establecida.
Irrevocabilidad del reconocimiento El reconocimiento no admite modalidad y es irrevocable. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La irrevocabilidad del reconocimiento implica que una vez que se establece, no se puede revertir, lo que genera confianza en la relación familiar.
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