CC

Artículo 257. Indemnización por oposición infundada

Quien formule una oposición infundada deberá pagar indemnización por daños y perjuicios. Los ascendientes y el Ministerio Público están exonerados de esta responsabilidad.

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Texto Legal

Indemnización por oposición infundada Si se declara infundada la oposición, quien la formuló queda sujeto al pago de la indemnización de daños y perjuicios. Los ascendientes y el Ministerio Público están exonerados de esta responsabilidad. Si la denuncia hubiera sido maliciosa, es igualmente responsable quien la formula. En ambos casos, la indemnización la fija prudencialmente el juez, teniendo en cuenta el daño moral.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si presentas una oposición sin fundamento, podrías enfrentar costos significativos. Asegúrate de contar con pruebas sólidas antes de proceder con una denuncia.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 257 del CC?

Quien formule una oposición infundada deberá pagar indemnización por daños y perjuicios. Los ascendientes y el Ministerio Público están exonerados de esta responsabilidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 257 de la CC?

Si presentas una oposición sin fundamento, podrías enfrentar costos significativos. Asegúrate de contar con pruebas sólidas antes de proceder con una denuncia.

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