El acto jurídico es anulable por diversas razones, incluyendo vicios de voluntad. Esto proporciona un marco para impugnar actos que no cumplen con los requisitos legales.
Causales de anulabilidad El acto jurídico es anulable: 1. Por capacidad de ejercicio restringida de la persona contemplada en los numerales 1 al 8 del artículo 44. 2. Por vicio resultante de error, dolo, violencia o intimidación. 3. Por simulación, cuando el acto real que lo contiene perjudica el derecho de tercero. 4. Cuando la ley lo declara anulable. Artículo modificado por el DL 1384 , publicado el 4 de setiembre de 2018 (link: lpd.pe/pxRn8 ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las causales de anulabilidad permite a las partes actuar proactivamente para proteger sus derechos en contratos potencialmente viciados.
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