CC

Artículo 171. Invalidacion por condiciones impropias

Las condiciones suspensivas ilícitas o imposibles invalidan el acto juridico. Esto protege a las partes de compromisos que no pueden cumplirse legalmente.

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Texto Legal

Invalidación del acto por condiciones impropias La condición suspensiva ilícita y la física o jurídicamente imposible invalidan el acto. La condición resolutoria ilícita y la física o jurídicamente imposible se consideran no puestas. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Incluir condiciones ilegales o imposibles puede anular el acto completo, lo que puede resultar en la perdida de derechos o expectativas por parte de los involucrados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 171 del CC?

Las condiciones suspensivas ilícitas o imposibles invalidan el acto juridico. Esto protege a las partes de compromisos que no pueden cumplirse legalmente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 171 de la CC?

Incluir condiciones ilegales o imposibles puede anular el acto completo, lo que puede resultar en la perdida de derechos o expectativas por parte de los involucrados.

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