CC

Artículo 17. Defensa de derechos de la persona

La violación de derechos personales permite al agraviado exigir la cesación de actos lesivos. Esto establece un mecanismo de defensa para proteger los derechos individuales.

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Texto Legal

Defensa de los derechos de la persona La violación de cualquiera de los derechos de la persona a que se refiere este título, confiere al agraviado o a sus herederos acción para exigir la cesación de los actos lesivos. La responsabilidad es solidaria. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No actuar ante la violación de estos derechos puede dejar a la persona sin recursos para defenderse, permitiendo que se perpetúen abusos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del CC?

La violación de derechos personales permite al agraviado exigir la cesación de actos lesivos. Esto establece un mecanismo de defensa para proteger los derechos individuales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la CC?

No actuar ante la violación de estos derechos puede dejar a la persona sin recursos para defenderse, permitiendo que se perpetúen abusos.

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