El orden interno de una asociacion no inscrita se regula por los acuerdos de sus miembros, aplicando las reglas pertinentes. Esto permite flexibilidad en su administracion.
Régimen de la asociación de hecho El ordenamiento interno y la administración de la asociación que no se haya constituido mediante escritura pública inscrita, se regula por los acuerdos de sus miembros, aplicándose las reglas establecidas en los artículos 80 a 98, en lo que sean pertinentes. Dicha asociación puede comparecer en juicio representada por el presidente del consejo directivo o por quien haga sus veces. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital que los acuerdos sean claros y documentados para evitar disputas entre miembros, ya que la falta de formalidad puede generar problemas legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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