CC

Artículo 1052. Onerosidad de la servidumbre legal de paso

La servidumbre de paso es onerosa y debe considerarse en su valorización los daños al predio sirviente. Esto establece un marco para la compensación justa entre propietarios.

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Texto Legal

Onerosidad de la servidumbre legal de paso La servidumbre del artículo 1051 es onerosa. Al valorizársela, deberán tenerse también en cuenta los daños y perjuicios que resultaren al propietario del predio sirviente. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental evaluar correctamente los daños al predio sirviente para evitar conflictos y asegurar una compensación justa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1052 del CC?

La servidumbre de paso es onerosa y debe considerarse en su valorización los daños al predio sirviente. Esto establece un marco para la compensación justa entre propietarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1052 de la CC?

Es fundamental evaluar correctamente los daños al predio sirviente para evitar conflictos y asegurar una compensación justa.

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