El usufructo puede ser transferido o gravado, salvo prohibiciones expresas. Este articulo permite la flexibilidad en la gestión de derechos sobre bienes usufructuados.
Transferencia o gravamen del usufructo El usufructo, con excepción del legal, puede ser transferido a título oneroso o gratuito o ser gravado, respetándose su duración y siempre que no haya prohibición expresa. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aprovechar la posibilidad de transferir el usufructo puede ser una estrategia para generar ingresos o liquidar activos.
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