RLISR

Artículo 293. Informe pais por pais Country by Country Report

Detalla las normas reglamentarias para informe pais por pais country by country report, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 76-A fraccion II de la Ley.

CbCRinforme-paismultinacionales

Texto Legal

Articulo 293 — Informe pais por pais Country by Country Report

Para los efectos de el articulo 76-A fraccion II de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas de REFIPRES

Para los efectos de los regimenes fiscales preferentes, se precisan las disposiciones relativas a informe pais por pais country by country report.

II. Determinacion de ingresos

Los ingresos sujetos a regimenes fiscales preferentes se determinaran conforme a las reglas de transparencia fiscal previstas en la Ley.

III. Acumulacion

Los ingresos se acumularan en el ejercicio en que se generen, independientemente de que hayan sido efectivamente distribuidos o percibidos.

IV. Obligaciones de informacion

Los contribuyentes presentaran las declaraciones informativas requeridas sobre sus inversiones en jurisdicciones de baja imposicion.

V. Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones de informacion dara lugar a las sanciones previstas en el Codigo Fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El informe pais por pais es obligatorio para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a determinados umbrales. SDV Asesores senala que este reporte debe presentarse ante el SAT dentro del plazo establecido y contener informacion sobre la distribucion global de ingresos e impuestos. La coordinacion con la matriz del grupo es esencial para recopilar la informacion requerida.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 293 del RLISR?

Detalla las normas reglamentarias para informe pais por pais country by country report, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 76-A fraccion II de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 293 de la Reglamento LISR?

El informe pais por pais es obligatorio para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a determinados umbrales. SDV Asesores senala que este reporte debe presentarse ante el SAT dentro del plazo establecido y contener informacion sobre la distribucion global de ingresos e impuestos. La coordinacion con la matriz del grupo es esencial para recopilar la informacion requerida.

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