RLISR

Artículo 267. Honorarios y servicios independientes a no residentes

Regula el tratamiento fiscal de honorarios y servicios independientes a no residentes, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 156 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 267 — Honorarios y servicios independientes a no residentes

Para los efectos de el articulo 156 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Fuente de riqueza

Para los efectos de la tributacion de residentes en el extranjero, se regulan las disposiciones relativas a honorarios y servicios independientes a no residentes cuando la fuente de riqueza se ubique en Mexico.

II. Tasa de retencion

La retencion del impuesto se efectuara aplicando la tasa prevista en la Ley sobre el ingreso bruto, sin deduccion alguna salvo disposicion expresa.

III. Tratados internacionales

Cuando exista un tratado para evitar la doble tributacion, se aplicara la tasa preferencial prevista en el tratado, previa acreditacion de la residencia fiscal.

IV. Pago definitivo

La retencion tendra el caracter de pago definitivo del impuesto para el residente en el extranjero.

V. Obligaciones del retenedor

El retenedor debera efectuar la retencion, enterarla al SAT y presentar la declaracion informativa correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los honorarios y servicios independientes pagados a no residentes estan sujetos a retencion del ISR por fuente de riqueza en Mexico. SDV Asesores destaca que la tasa general de retencion puede modificarse por tratado cuando el prestador no tiene establecimiento permanente en Mexico. La documentacion de la residencia fiscal del prestador y la naturaleza del servicio son indispensables.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 267 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de honorarios y servicios independientes a no residentes, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 156 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 267 de la Reglamento LISR?

Los honorarios y servicios independientes pagados a no residentes estan sujetos a retencion del ISR por fuente de riqueza en Mexico. SDV Asesores destaca que la tasa general de retencion puede modificarse por tratado cuando el prestador no tiene establecimiento permanente en Mexico. La documentacion de la residencia fiscal del prestador y la naturaleza del servicio son indispensables.

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