RLISR

Artículo 227. Deudas perdonadas como ingreso de personas fisicas

Regula el tratamiento fiscal de deudas perdonadas como ingreso de personas fisicas, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 141 fraccion I de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 227 — Deudas perdonadas como ingreso de personas fisicas

Para los efectos de el articulo 141 fraccion I de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para el tratamiento de los demas ingresos de personas fisicas, se establecen las disposiciones relativas a deudas perdonadas como ingreso de personas fisicas.

II. Momento de acumulacion

Estos ingresos se acumularan en el momento en que sean efectivamente percibidos por el contribuyente.

III. Base gravable

La base gravable se determinara conforme a las reglas especificas del tipo de ingreso, sin que proceda deduccion alguna salvo disposicion expresa.

IV. Pago provisional

El contribuyente efectuara el pago provisional del impuesto conforme a la tarifa del articulo 96 de la Ley.

V. Declaracion anual

Estos ingresos se acumularan a los demas ingresos en la declaracion anual del ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las deudas perdonadas constituyen un ingreso acumulable para el deudor persona fisica en el momento en que se formalize la condonacion. SDV Asesores advierte que el SAT tiene acceso a la informacion de reestructuras crediticias y condonaciones de deudas bancarias. Los contribuyentes que se benefician de programas de quita o condonacion deben considerar el impacto fiscal de estos beneficios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 227 del RLISR?

Regula el tratamiento fiscal de deudas perdonadas como ingreso de personas fisicas, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 141 fraccion I de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 227 de la Reglamento LISR?

Las deudas perdonadas constituyen un ingreso acumulable para el deudor persona fisica en el momento en que se formalize la condonacion. SDV Asesores advierte que el SAT tiene acceso a la informacion de reestructuras crediticias y condonaciones de deudas bancarias. Los contribuyentes que se benefician de programas de quita o condonacion deben considerar el impacto fiscal de estos beneficios.

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