RLISR

Artículo 151. Copropiedad en actividades empresariales representante

Establece las reglas para copropiedad en actividades empresariales representante, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 108 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 151 — Copropiedad en actividades empresariales representante

Para los efectos de el articulo 108 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para los efectos de las actividades empresariales y profesionales, se establecen las reglas aplicables conforme al Capitulo II del Titulo IV de la Ley.

II. Requisitos

Los contribuyentes observaran los requisitos establecidos para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

III. Procedimiento de calculo

El procedimiento de calculo se realizara conforme a las disposiciones de la Ley y las reglas de caracter general aplicables.

IV. Documentacion

Los contribuyentes conservaran la documentacion comprobatoria que sustente las operaciones realizadas en el ejercicio.

V. Obligaciones especificas

Se deberan cumplir las obligaciones especificas de informacion y presentacion de declaraciones en los plazos establecidos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

En copropiedad de actividades empresariales, el representante comun es responsable de cumplir con las obligaciones fiscales del conjunto. SDV Asesores recomienda formalizar la designacion del representante mediante documento notarial y presentar el aviso correspondiente al SAT. Cada copropietario acumula la parte proporcional de los ingresos y deduce en la misma proporcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 151 del RLISR?

Establece las reglas para copropiedad en actividades empresariales representante, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 108 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 151 de la Reglamento LISR?

En copropiedad de actividades empresariales, el representante comun es responsable de cumplir con las obligaciones fiscales del conjunto. SDV Asesores recomienda formalizar la designacion del representante mediante documento notarial y presentar el aviso correspondiente al SAT. Cada copropietario acumula la parte proporcional de los ingresos y deduce en la misma proporcion.

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