RLISR

Artículo 126. Pagos provisionales generales de personas fisicas

Establece las reglas para pagos provisionales generales de personas fisicas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 106 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 126 — Pagos provisionales generales de personas fisicas

Para los efectos de el articulo 106 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Obligacion de pagos provisionales

Las personas fisicas residentes en Mexico que obtengan ingresos estan obligadas al pago del ISR conforme a las disposiciones relativas a obligacion de pagos provisionales.

II. Calculo mensual contra tarifa

Se establecen las reglas para la determinacion de calculo mensual contra tarifa conforme al Titulo IV de la Ley.

III. Acreditamiento de retenciones

Las disposiciones sobre acreditamiento de retenciones se observaran conforme al tipo de ingreso que obtenga el contribuyente.

IV. Plazo dia 17 del mes siguiente

El procedimiento para plazo dia 17 del mes siguiente se realizara conforme a las tarifas y tablas vigentes en el ejercicio.

V. Medios electronicos de presentacion

Los contribuyentes deberan cumplir con las obligaciones relativas a medios electronicos de presentacion en los plazos establecidos por la Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los pagos provisionales de personas fisicas se calculan aplicando la tarifa del articulo 96 de la LISR a los ingresos acumulados del periodo. SDV Asesores senala que las personas fisicas con multiples fuentes de ingreso deben verificar si estan obligadas a realizar pagos provisionales adicionales por cuenta propia. La omision de pagos provisionales genera recargos y puede detener la emision de CFDI.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 126 del RLISR?

Establece las reglas para pagos provisionales generales de personas fisicas, precisando los lineamientos y formalidades que los contribuyentes deben observar conforme a el articulo 106 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 126 de la Reglamento LISR?

Los pagos provisionales de personas fisicas se calculan aplicando la tarifa del articulo 96 de la LISR a los ingresos acumulados del periodo. SDV Asesores senala que las personas fisicas con multiples fuentes de ingreso deben verificar si estan obligadas a realizar pagos provisionales adicionales por cuenta propia. La omision de pagos provisionales genera recargos y puede detener la emision de CFDI.

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