El Presidente de la República es el encargado de otorgar Plenos Poderes para la celebración de tratados. Este artículo establece la autoridad necesaria para que los representantes actúen en nombre del Estado.
Corresponde al Presidente de la República otorgar Plenos Poderes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los funcionarios conozcan el proceso para la obtención de Plenos Poderes, ya que esto es un paso previo para la celebración de cualquier tratado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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