LSCT

Artículo 3. Plenos Poderes

El Presidente de la República es el encargado de otorgar Plenos Poderes para la celebración de tratados. Este artículo establece la autoridad necesaria para que los representantes actúen en nombre del Estado.

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Texto Legal

Corresponde al Presidente de la República otorgar Plenos Poderes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los funcionarios conozcan el proceso para la obtención de Plenos Poderes, ya que esto es un paso previo para la celebración de cualquier tratado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LSCT?

El Presidente de la República es el encargado de otorgar Plenos Poderes para la celebración de tratados. Este artículo establece la autoridad necesaria para que los representantes actúen en nombre del Estado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY sobre la Celebración de Tratados?

[IA] Es importante que los funcionarios conozcan el proceso para la obtención de Plenos Poderes, ya que esto es un paso previo para la celebración de cualquier tratado.

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