Define qué se entiende por tratados según la Ley Sobre la Celebración de Tratados, asegurando que se respeten garantías individuales y la división de poderes. Es fundamental para la interpretación de la ley.
Para los efectos de esta ley se entenderá por tratados lo establecido por la Ley Sobre la Celebración de Tratados.
Estarán de acuerdo con la Constitución General de la República respetando:
I. Las garantías individuales, y
II. La división de poderes, la distribución de facultades y las potestades de los órganos representantes del pueblo.
CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS DE LA CELEBRACIÓN DE TRATADOS
SECCIÓN I DE LOS OBJETIVOS GENERALES
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender esta definición es esencial para la correcta aplicación de la ley. Los contadores y abogados deben estar atentos a cómo se relacionan estos tratados con otras normativas.
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