El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad es de treinta días naturales desde la publicación de la norma impugnada. Si el último día es inhábil, se podrá presentar el primer día hábil siguiente.
El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente.
En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son hábiles. Párrafo adicionado DOF 22-11-1996
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los promoventes estén atentos a los plazos establecidos para evitar la caducidad de su acción. La correcta identificación de la fecha de publicación es fundamental para el cómputo de los plazos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo