LRFIyII_Art105

Artículo 24. Designacion de ministro instructor

La Presidencia de la Suprema Corte designará a un ministro instructor para el proceso. Esto es un paso clave en la resolución de controversias.

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Texto Legal

Recibida la demanda, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación designará, según el turno que corresponda, a una ministra o a un ministro instructor a fin de que ponga el proceso en estado de resolución. Artículo reformado DOF 03-04-2025

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La designacion del ministro instructor puede afectar la dirección del caso. Es recomendable investigar el perfil del ministro asignado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LRFIyII_Art105?

La Presidencia de la Suprema Corte designará a un ministro instructor para el proceso. Esto es un paso clave en la resolución de controversias.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY Reglamentaria de las Fracciones I y II del ...?

[IA] La designacion del ministro instructor puede afectar la dirección del caso. Es recomendable investigar el perfil del ministro asignado.

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