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Artículo 2. Dependencia Administrativa

La Universidad dependerá del Secretario de la Defensa Nacional a través de la Dirección General de Educación Militar, que asumirá funciones de rectoría. Esto implica una reestructuración para cumplir con sus nuevas funciones.

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Texto Legal

La Universidad del Ejército y Fuerza Aérea depende del Secretario de la Defensa Nacional a través de la Dirección General de Educación Militar, la que asumirá funciones de rectoría. Para este efecto, se reestructurará para continuar desempeñando sus actuales funciones conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y las que se deriven de la conducción y control de la Universidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La dependencia administrativa puede influir en la asignación de recursos y en la gestión de la universidad. Es recomendable que los profesionales del área legal se mantengan informados sobre cualquier cambio en la estructura organizativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del 196?

La Universidad dependerá del Secretario de la Defensa Nacional a través de la Dirección General de Educación Militar, que asumirá funciones de rectoría. Esto implica una reestructuración para cumplir con sus nuevas funciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la LEY que Crea la Universidad del Ejército y Fuer...?

[IA] La dependencia administrativa puede influir en la asignación de recursos y en la gestión de la universidad. Es recomendable que los profesionales del área legal se mantengan informados sobre cualquier cambio en la estructura organizativa.

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