El Rector tendra facultades y obligaciones especificas, incluyendo la coordinacion de actividades y cumplimiento de disposiciones legales. Esto es clave para la gobernanza de la Universidad.
Serán facultades y obligaciones del Rector:
I.- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de esta ley y las reglamentarias de la Universidad.
II.- Proponer a los Cuerpos Colegiados correspondientes candidatos a funcionarios y empleados administrativos;
III.- Coordinar las actividades de las distintas unidades de la Universidad, y
IV.- Las demás que le señale este ordenamiento y sus disposiciones reglamentarias.
CAPITULO III Del Patrimonio de la Universidad
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las facultades del Rector son esenciales para la operatividad de la Universidad. Los abogados deben asesorar sobre el cumplimiento de estas obligaciones para evitar conflictos legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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