LTPCPIMCP

Artículo 3. Definiciones Clave

Este artículo establece definiciones esenciales como Agencia de Medios, Anunciante, y Espacio Publicitario, entre otros. Estas definiciones son cruciales para la correcta interpretación de la Ley.

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Texto Legal

Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. Agencia de Medios o Agencia: Persona física o moral cuya actividad principal es la creación, diseño, planificación y ejecución de campañas publicitarias, así como la contratación de espacios publicitarios por cuenta y orden de anunciantes;

II. Anunciante: Persona física o moral en cuyo interés se realiza la publicidad para dar a conocer las características o beneficios de sus productos y/o servicios; LEY PARA LA TRANSPARENCIA, PREVENCIÓN Y COMBATE DE PRÁCTICAS INDEBIDAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 03-06-2021 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

III. Contrato de publicidad: Acuerdo por el que un Anunciante encomienda a una Agencia, mediante una contraprestación, la creación, planificación, ejecución y difusión de contenidos publicitarios;

IV. Contrato de difusión publicitaria: Acuerdo por el que, a cambio de una contraprestación, un Medio se obliga en favor de un Anunciante a permitir la utilización de Espacios Publicitarios;

V. Espacio Publicitario: Lugar o tiempo en los Medios de Comunicación en los que se inserta Publicidad, con el propósito de dar a conocer la existencia o características de un producto o servicio para inducir su comercialización a través de cualquier Medio;

VI. Ley: La Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad;

VII. Medio de Comunicación o Medio: Persona física o moral que, por medio de ejemplares impresos, las telecomunicaciones, la radiodifusión, las señales satelitales, el Internet, la fibra óptica, el cable o cualquier otro medio de transmisión, difunda espacios publicitarios;

VIII. Publicidad: Actividad que comprende todo proceso de creación, planificación, ejecución y difusión de contenido en espacios publicitarios, por cualquiera de los medios de comunicación señalados en esta Ley;

IX. Publicidad Digital: Lugar que las plataformas digitales conectadas a Internet, como páginas web y aplicaciones móviles, destinan para insertar anuncios publicitarios en línea, y

X. Publicidad Digital Programática: Publicidad Digital vendida a través de mecanismos automatizados, en particular a través de subastas en tiempo real, que establecen como criterio principal de venta el acceso a audiencias con perfiles segmentados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Comprender estas definiciones es vital para cualquier profesional en el ámbito publicitario. Asegúrese de que todos los involucrados en la campaña estén alineados con estos términos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del LTPCPIMCP?

Este artículo establece definiciones esenciales como Agencia de Medios, Anunciante, y Espacio Publicitario, entre otros. Estas definiciones son cruciales para la correcta interpretación de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la LEY para la Transparencia, Prevención y Combate...?

[IA] Comprender estas definiciones es vital para cualquier profesional en el ámbito publicitario. Asegúrese de que todos los involucrados en la campaña estén alineados con estos términos.

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