Los informes mencionados en los artículos 8, 16 y 18 son de carácter público, lo que garantiza la transparencia en el funcionamiento del Mecanismo. Esta disposición fomenta la rendición de cuentas.
Los informes a los que se refieren los artículos 8, 16 y 18 serán de carácter público.
Capítulo XIII Sanciones
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La disponibilidad de informes públicos es una herramienta valiosa para la sociedad civil. Se recomienda a los interesados revisar estos documentos para estar al tanto de las acciones y resultados del Mecanismo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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