LPPDDHP

Artículo 37. Retiro de Medidas de Protección

Las Medidas de Protección pueden ser retiradas por la Junta de Gobierno si se determina un uso indebido. Esto resalta la importancia de seguir las normas establecidas para mantener la protección.

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Texto Legal

Las Medidas Preventivas, Medidas de Protección y Medidas Urgentes de Protección podrán ser retiradas por decisión de la Junta de Gobierno cuando el beneficiario realice un uso indebido de las mismas de manera deliberada y reiterada.

LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-04-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La posibilidad de retiro de medidas subraya la necesidad de responsabilidad por parte de los beneficiarios. Se recomienda mantener un comportamiento adecuado para asegurar la continuidad de la protección.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del LPPDDHP?

Las Medidas de Protección pueden ser retiradas por la Junta de Gobierno si se determina un uso indebido. Esto resalta la importancia de seguir las normas establecidas para mantener la protección.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras d...?

[IA] La posibilidad de retiro de medidas subraya la necesidad de responsabilidad por parte de los beneficiarios. Se recomienda mantener un comportamiento adecuado para asegurar la continuidad de la protección.

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