Cada consejero del Consejo Consultivo tendrá un suplente, que solo podrá actuar en caso de ausencia definitiva del titular. Esto asegura la continuidad en la toma de decisiones.
Por cada consejero habrá un suplente. La suplencia sólo procederá en caso de ausencia definitiva del titular y en los casos previstos en la guía de procedimientos del Consejo Consultivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La figura del suplente garantiza que el Consejo mantenga su operatividad. Es útil para los abogados conocer quiénes son los suplentes en caso de que necesiten interactuar con el Consejo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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