LIISPCEN

Artículo 5. Rectoría del Estado

El Estado tiene la responsabilidad de dirigir el desarrollo nacional y elaborar políticas de fomento económico. Esto incluye la creación de un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad.

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Texto Legal

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, y la elaboración y conducción de la política nacional de fomento económico de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y acorde con los objetivos de la presente Ley.

La política nacional de fomento económico contará con un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, el cual se elaborará en términos de lo previsto en la presente Ley, la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo y demás disposiciones aplicables.

La elaboración del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad estará a cargo de la Secretaría, con la participación de la Secretaría de Economía y con la opinión del Comité Nacional de Productividad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La rectoría del Estado implica que las empresas deben alinearse con las políticas públicas. Los contadores deben asesorar sobre cómo cumplir con estas directrices.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LIISPCEN?

El Estado tiene la responsabilidad de dirigir el desarrollo nacional y elaborar políticas de fomento económico. Esto incluye la creación de un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la...?

[IA] La rectoría del Estado implica que las empresas deben alinearse con las políticas públicas. Los contadores deben asesorar sobre cómo cumplir con estas directrices.

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