El Tribunal Electoral debe conservar los expedientes de asuntos concluidos durante un periodo de dos años. Esto garantiza la disponibilidad de información relevante para futuras consultas o revisiones.
El Tribunal Electoral deberá conservar en su archivo jurisdiccional los expedientes de los asuntos definitivamente concluidos durante dos años contados a partir de que se ordene el archivo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta conservación de expedientes es fundamental para la transparencia y rendición de cuentas. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan estos plazos para evitar problemas legales.
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