LOPJF

Artículo 128. Unidad de Administración del Tribunal de Disciplina

El Tribunal de Disciplina Judicial también cuenta con una unidad de administración que gestiona recursos humanos y materiales. Su función es clave para el cumplimiento de normativas.

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Texto Legal

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

La Unidad de Administración del Tribunal de Disciplina Judicial es un órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial encargado de administrar los recursos humanos, materiales y tecnológicos del Tribunal de Disciplina Judicial, conforme a los Reglamentos, presupuestos y Acuerdos Generales que expida el Órgano de Administración Judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La administración en el Tribunal de Disciplina es esencial para mantener la integridad y el cumplimiento de las normativas. Es recomendable que los profesionales estén informados sobre sus procedimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del LOPJF?

El Tribunal de Disciplina Judicial también cuenta con una unidad de administración que gestiona recursos humanos y materiales. Su función es clave para el cumplimiento de normativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La administración en el Tribunal de Disciplina es esencial para mantener la integridad y el cumplimiento de las normativas. Es recomendable que los profesionales estén informados sobre sus procedimientos.

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