LOPJF

Artículo 119. Instituto Federal de Defensoría Pública

Este instituto es responsable de brindar servicios de defensoría pública, asegurando el acceso a la justicia para quienes no pueden costear un abogado. Su función es crucial en la protección de derechos.

defensoria publicaacceso a la justiciaderechos

Texto Legal

El Instituto Federal de Defensoría Pública es el órgano auxiliar del Órgano de Administración Judicial encargado de brindar el servicio de defensoría pública en los términos que establezcan las disposiciones aplicables. SECCIÓN 5a. De la Unidad de Peritos Judiciales

LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 28-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La labor del Instituto Federal de Defensoría Pública es esencial para garantizar el derecho a la defensa. Los abogados deben conocer sus funciones para colaborar eficazmente en la protección de derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del LOPJF?

Este instituto es responsable de brindar servicios de defensoría pública, asegurando el acceso a la justicia para quienes no pueden costear un abogado. Su función es crucial en la protección de derechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 119 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La labor del Instituto Federal de Defensoría Pública es esencial para garantizar el derecho a la defensa. Los abogados deben conocer sus funciones para colaborar eficazmente en la protección de derechos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 119 del LOPJF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 119 LOPJF desde tu celular