LOPJF

Artículo 102. Quejas ante el Tribunal

Corresponderá al Secretariado Ejecutivo presentar quejas ante el Tribunal de Disciplina Judicial y proporcionar la documentación necesaria para investigaciones. Esto es clave para la transparencia judicial.

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Texto Legal

Corresponderá al Secretariado Ejecutivo del Pleno del Órgano de Administración Judicial presentar quejas o denuncias ante el Tribunal de Disciplina Judicial, así como proporcionarle, de oficio o cuando el Tribunal de Disciplina Judicial formalmente lo requiera, la información y documentación que pueda constituir indicio o medios de prueba en la investigación y determinación de responsabilidades administrativas de las personas trabajadoras del Poder Judicial Federal. CAPÍTULO II Órganos Auxiliares SECCIÓN 1a. Disposiciones Generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacidad del Secretariado para presentar quejas es un aspecto importante para la integridad del Poder Judicial. Los abogados deben conocer este proceso para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 102 del LOPJF?

Corresponderá al Secretariado Ejecutivo presentar quejas ante el Tribunal de Disciplina Judicial y proporcionar la documentación necesaria para investigaciones. Esto es clave para la transparencia judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 102 de la LEY Orgánica del Poder Judicial?

[IA] La capacidad del Secretariado para presentar quejas es un aspecto importante para la integridad del Poder Judicial. Los abogados deben conocer este proceso para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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