Los Directores de Coordinación son responsables de planear y evaluar las actividades de su dirección. Su función es clave para el cumplimiento de los objetivos académicos y administrativos.
Son facultades y obligaciones de los Directores de Coordinación:
I.- Planear organizar, dirigir, coordinar y evaluar las actividades de la dirección a su cargo;
II.- Cumplir con los acuerdos que dicten las autoridades superiores con relación a las funciones de su competencia;
III.- Elaborar y presentar al Director General o al Secretario de Area, según su adscripción, los proyectos sobre organización y funcionamiento de su dirección;
IV.- Apoyar las funciones académicas, técnicas y administrativas de las escuelas, centros, unidades de enseñanza y de investigación y demás dependencias del Instituto; y
V.- Las demás que prevean esta Ley y otros ordenamientos aplicables.
LEY ORGÁNICA DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 29-12-1981 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La planificación y evaluación son esenciales para el éxito de las actividades del Instituto, lo que resalta la importancia de estos directores en la estructura organizativa.
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