LOEFAM

Artículo 90. Servicio de Sanidad

El Servicio de Sanidad se encarga de la prevención y tratamiento de enfermedades en el Ejército y Fuerza Aérea. Además, supervisa la salud del personal militar y la atención médica de los derechohabientes.

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Texto Legal

El Servicio de Sanidad tendrá a su cargo la prevención y profilaxis de las enfermedades de los miembros del activo del Ejército y Fuerza Aérea; la pronta recuperación de los efectivos de dichas Fuerzas Armadas y, en su caso la atención médico-quirúrgica integral de los militares en retiro y de los derechohabientes de los militares en activo y en retiro, en los términos que señalen las leyes relativas a Seguridad Social para los miembros de las Fuerzas Armadas. Además realizará las actividades siguientes:

I. Seleccionar y clasificar al personal militar desde los puntos de vista físico y psicobiológico;

II. Conservar la salud del mismo personal mediante el control sanitario, la prevención de enfermedades y la atención médica, quirúrgica y odontológica; intervenir respecto a la alimentación en coordinación con el Servicio de Intendencia y con el de Veterinaria y Remonta por lo que toca a la inspección de los alimentos de origen animal; Fe de erratas a la fracción DOF 13-02-1987

III. Llevar a cabo actividades para el control de epidemias o plagas y para la descontaminación de elementos, áreas e instalaciones en coordinación con otros servicios según sea necesario; Fe de erratas a la fracción DOF 13-02-1987

IV. Fabricar, recibir, almacenar, abastecer, reparar, mantener, recuperar y controlar el material y equipo que maneja el servicio para sus necesidades propias y las del Ejército y Fuerza Aérea; y

V. Asesorar el adiestramiento en la impartición de primeros auxilios, de los integrantes del Ejército y Fuerza Aérea.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial para los contadores y abogados entender las implicaciones de la atención médica en el ámbito militar, especialmente en relación con la seguridad social y los derechos de los derechohabientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LOEFAM?

El Servicio de Sanidad se encarga de la prevención y tratamiento de enfermedades en el Ejército y Fuerza Aérea. Además, supervisa la salud del personal militar y la atención médica de los derechohabientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

[IA] Es crucial para los contadores y abogados entender las implicaciones de la atención médica en el ámbito militar, especialmente en relación con la seguridad social y los derechos de los derechohabientes.

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