LOEFAM

Artículo 32 TER. Funciones del Centro Nacional

El Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo utilizará diversos medios para detectar, identificar, interceptar y realizar salvamentos en el espacio aéreo. Este artículo fue adicionado en mayo de 2023.

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Texto Legal

Para desarrollar sus funciones, el Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo empleará los medios para la detección, identificación, interceptación y salvamento puestos a su disposición. Artículo adicionado DOF 03-05-2023

CAPITULO IV MANDOS SUPERIORES

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo detalla las funciones operativas del Centro Nacional, lo que puede ser relevante para la planificación de recursos y la gestión de operaciones en el ámbito de la defensa aérea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 TER del LOEFAM?

El Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo utilizará diversos medios para detectar, identificar, interceptar y realizar salvamentos en el espacio aéreo. Este artículo fue adicionado en mayo de 2023.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 TER de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

Este artículo detalla las funciones operativas del Centro Nacional, lo que puede ser relevante para la planificación de recursos y la gestión de operaciones en el ámbito de la defensa aérea.

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