El Servicio de Material Bélico de Fuerza Aérea tiene diversas responsabilidades, desde el apoyo logístico hasta la investigación tecnológica. Este artículo detalla las funciones críticas para el mantenimiento de la capacidad operativa.
El Servicio de Material Bélico de Fuerza Aérea tendrá a su cargo:
LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 16-07-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
I. Otorgar apoyo logístico a los organismos aéreos en aspectos relacionados con el servicio y proponer la adquisición de material bélico;
II. Elaborar los estudios de carácter técnico para la reparación y, en su caso, adquisición de componentes del sistema de armas de las aeronaves;
III. Adquirir, recibir, clasificar, almacenar, mantener, conservar, controlar, distribuir y evacuar el material bélico de la Fuerza Aérea, equipos afines y otros necesarios para su funcionamiento;
IV. Diseñar, fabricar, reconstruir, recuperar y modificar el material bélico de la Fuerza Aérea y equipos complementarios de carga explosiva;
V. Llevar a cabo la investigación científica y tecnológica en aspectos del Servicio;
VI. Dictaminar y materializar los métodos y procedimientos para la desactivación y destrucción de material bélico de la Fuerza Aérea;
VII. Controlar y operar los sistemas de armas antiaéreas, en coordinación con el Servicio de Defensa Aérea, y
VIII. Formar parte de las tripulaciones de vuelo de la Fuerza Aérea en tareas propias de su especialidad cuando la misión lo requiera. Artículo adicionado DOF 03-05-2023
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La gestión del material bélico es esencial para la defensa nacional, lo que implica que los profesionales deben estar atentos a la normativa y procedimientos establecidos.
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