El Centro tiene como objetivo principal sustanciar el procedimiento de conciliación y registrar contratos colectivos de trabajo, así como otros procesos administrativos relacionados.
El Centro tiene por objeto sustanciar el procedimiento de conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones, en asuntos individuales y colectivos del orden federal, conforme lo establecido por los párrafos segundo y tercero de la fracción XX del artículo 123, Apartado A, de la Constitución y artículos 684-A a 684-E de la Ley Federal del Trabajo.
Además, será competente para registrar, a nivel nacional, todos los contratos colectivos de trabajo, contratos-ley, reglamentos interiores de trabajo, y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo define las funciones esenciales del Centro, lo que es crucial para entender su papel en la resolución de conflictos laborales. Los abogados deben estar preparados para guiar a sus clientes en estos procedimientos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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