La Ley Orgánica del Banco del Bienestar establece que esta institución es una Sociedad Nacional de Crédito y una Institución de Banca de Desarrollo. Su carácter jurídico y patrimonio propios le permiten operar en el ámbito financiero nacional.
La presente Ley rige al Banco del Bienestar, con el carácter de Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, con personalidad jurídica y patrimonio propios. Artículo reformado DOF 19-07-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es fundamental para entender la estructura legal del Banco del Bienestar. Es importante para los contadores y abogados que asesoran a entidades financieras conocer su naturaleza jurídica.
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