LOUAAAN

Artículo 9. Elección de Autoridades

Las autoridades universitarias serán electas o designadas según lo establecido en la ley y el estatuto. Esto garantiza un proceso democrático en la gobernanza.

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Texto Legal

Las autoridades universitarias serán electas por la Comunidad o designadas por el órgano o autoridad que corresponda, cada una de acuerdo a los términos y modalidades establecidos por esta Ley Orgánica, el Estatuto Universitario y sus Reglamentos.

Capítulo V Del H. Consejo Universitario y sus Comisiones.

LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 26-04-2006 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este artículo es fundamental para entender los procesos de elección y designación, lo que puede influir en la estabilidad y continuidad de la gestión universitaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LOUAAAN?

Las autoridades universitarias serán electas o designadas según lo establecido en la ley y el estatuto. Esto garantiza un proceso democrático en la gobernanza.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria...?

[IA] Este artículo es fundamental para entender los procesos de elección y designación, lo que puede influir en la estabilidad y continuidad de la gestión universitaria.

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