Se establece la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro como un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y autonomía. Esta creación se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se crea la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y dotado de Autonomía en los términos de la Fracción VII del Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con todas las facultades que en el mismo se establecen.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Este artículo es fundamental para entender la estructura legal de la universidad y su autonomía. Es importante para los abogados y contadores que asesoran a instituciones educativas.
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