LNETB

Artículo 58. Costos de digitalización

Los Sujetos Obligados no deben trasladar costos a las personas por procesos de digitalización. Esto asegura que la digitalización sea accesible y equitativa.

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Texto Legal

En ningún caso los Sujetos Obligados generarán o trasladarán costo de ninguna naturaleza a las personas, por los procesos de digitalización que realicen por sí o a través de terceros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los sujetos obligados evalúen sus procesos de digitalización para garantizar que no se generen costos adicionales para los ciudadanos. Esto fomenta la confianza en los servicios digitales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del LNETB?

Los Sujetos Obligados no deben trasladar costos a las personas por procesos de digitalización. Esto asegura que la digitalización sea accesible y equitativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos?

[IA] Es importante que los sujetos obligados evalúen sus procesos de digitalización para garantizar que no se generen costos adicionales para los ciudadanos. Esto fomenta la confianza en los servicios digitales.

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