El Padrón Nacional de Inspectores incluirá a las personas autorizadas para realizar inspecciones. Los Sujetos Obligados son responsables de inscribir a estos inspectores.
El Padrón Nacional de Inspectores, Verificadores y Visitadores contendrá la lista de las personas servidoras públicas autorizadas para realizar inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias en el ámbito administrativo. Los Sujetos Obligados serán los responsables de inscribir en el Padrón, a las personas servidoras públicas a las que se refiere el presente artículo. Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable a aquellas inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias requeridas para atender situaciones de emergencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que las entidades mantengan actualizada la información de los inspectores para evitar conflictos durante las inspecciones. La correcta inscripción puede facilitar el proceso de verificación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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