Las personas adolescentes tienen derecho a ser escuchadas en la elaboración y revisión de su Plan Individualizado. Esto fomenta su participación activa en su proceso de reintegración.
Incidir en el Plan Individualizado La persona adolescente deberá ser escuchada y tomada en cuenta para la elaboración y revisión del Plan Individualizado que deba cumplir. El Plan Individualizado podrá ser revisado y modificado a petición de la persona adolescente, sin necesidad de audiencia ante el Juez de Ejecución, siempre que la modificación no sea trascendental.
LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
La persona adolescente, representantes legales y familiares, deberán conocer la finalidad de la medida de sanción impuesta, el contenido del Plan de Actividades y lo que se requiere de la persona adolescente para cumplir con el mismo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Involucrar a los adolescentes en su propio proceso es clave para su motivación y éxito en la reintegración. Los profesionales deben facilitar este diálogo y garantizar su voz en las decisiones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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