LNSIJPA

Artículo 24. Legalidad

Ninguna persona adolescente puede ser procesada por actos que no estén definidos como delitos. Este principio garantiza que se respeten sus derechos durante el proceso judicial.

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Texto Legal

Legalidad

LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Ninguna persona adolescente puede ser procesada ni sometida a medida alguna por actos u omisiones que, al tiempo de su ocurrencia, no estén previamente definidos de manera expresa como delitos en las leyes penales aplicables.

La responsabilidad penal de una persona adolescente solamente podrá determinarse seguido el procedimiento establecido en la presente Ley. En caso de comprobarse la responsabilidad de la persona adolescente, el Órgano Jurisdiccional únicamente podrá sancionarla a cumplir las medidas de sanción señaladas en la presente Ley, conforme a las reglas y criterios establecidos para su determinación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La legalidad es un pilar fundamental en el sistema de justicia. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todas las normativas legales al procesar a un adolescente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LNSIJPA?

Ninguna persona adolescente puede ser procesada por actos que no estén definidos como delitos. Este principio garantiza que se respeten sus derechos durante el proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] La legalidad es un pilar fundamental en el sistema de justicia. Los abogados deben asegurarse de que se cumplan todas las normativas legales al procesar a un adolescente.

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