LNSIJPA

Artículo 21. Justicia Restaurativa

Se establece el principio de justicia restaurativa, que busca reparar el daño y promover la armonía social. Este enfoque involucra a la víctima, el adolescente y la comunidad.

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Texto Legal

Justicia Restaurativa El principio de justicia restaurativa es una respuesta a la conducta que la ley señala como delito, que respeta la dignidad de cada persona, que construye comprensión y promueve armonía social a través de la restauración de la víctima u ofendido, la persona adolescente y la comunidad. Este principio puede desarrollarse de manera individual para las personas mencionadas y sus respectivos entornos y, en la medida de lo posible, entre ellos mismos, a fin de reparar el daño, comprender el origen del conflicto, sus causas y consecuencias.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La justicia restaurativa puede ser una herramienta poderosa para resolver conflictos. Los profesionales deben estar preparados para facilitar estos procesos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del LNSIJPA?

Se establece el principio de justicia restaurativa, que busca reparar el daño y promover la armonía social. Este enfoque involucra a la víctima, el adolescente y la comunidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] La justicia restaurativa puede ser una herramienta poderosa para resolver conflictos. Los profesionales deben estar preparados para facilitar estos procesos.

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