Este articulo establece el plazo de cinco días para que el Centro de Internamiento resuelva las peticiones admitidas. Se detalla el procedimiento para impugnar resoluciones desfavorables ante el Juez de Ejecución.
Resolución de peticiones administrativas El titular del Centro de Internamiento estará obligado a resolver dentro de un término de cinco días contado a partir de la admisión de la petición y notificar en forma inmediata a la persona peticionaria.
Si la petición fue resuelta en sentido contrario a los intereses del peticionario o la resolución dada por la autoridad administrativa no satisface la petición, éste podrá formular controversia ante el Juez de Ejecución dentro de los diez días siguientes a la fecha de notificación de la referida resolución. Si los efectos del acto son continuos o permanentes podrá plantearse en cualquier momento la controversia ante el ante el Juez de Ejecución.
Si la petición no fuere resuelta dentro del término señalado en el primer párrafo, se entenderá que la determinación fue en sentido negativo. La negativa podrá ser motivo de controversia ante el Juez de Ejecución dentro de los diez días siguientes a la fecha en que feneció el plazo para el dictado de la resolución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer los plazos para la resolución de peticiones es esencial para la defensa de los adolescentes. Los abogados deben estar preparados para actuar rápidamente si las resoluciones son desfavorables.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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