LNSIJPA

Artículo 19. Autonomia Progresiva

Este articulo reconoce la capacidad progresiva de los adolescentes para ejercer sus derechos a medida que crecen. Se enfatiza la importancia de respetar su autonomía en el proceso judicial.

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Texto Legal

Autonomía progresiva Todas las autoridades del sistema deben hacer el reconocimiento pleno de la titularidad de derechos de las personas adolescentes y de su capacidad progresiva para ejercerlos, de acuerdo a la evolución de sus facultades, lo cual significa que a medida que aumenta la edad también se incrementa el nivel de autonomía.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La autonomia progresiva es esencial para empoderar a los adolescentes en el sistema de justicia. Los profesionales deben adaptar su enfoque a la edad y madurez del adolescente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del LNSIJPA?

Este articulo reconoce la capacidad progresiva de los adolescentes para ejercer sus derechos a medida que crecen. Se enfatiza la importancia de respetar su autonomía en el proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] La autonomia progresiva es esencial para empoderar a los adolescentes en el sistema de justicia. Los profesionales deben adaptar su enfoque a la edad y madurez del adolescente.

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