LNSIJPA

Artículo 184. Concurrencia de sanciones y penas

En caso de que un adolescente reciba sanciones de jueces especializados y jueces penales, se extinguirá la medida de sanción para cumplir con la pena impuesta. Esto establece un orden en la ejecución de las sanciones.

sancionespenasejecución

Texto Legal

Concurrencia en la aplicación de sanciones y penas Cuando concurra el cumplimiento de medidas de sanción impuestas por jueces especializados de adolescentes y jueces penales, contra una misma persona, se declarará extinta la medida de sanción, para dar cumplimiento a la pena.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La coordinación entre jueces es esencial para evitar confusiones en la ejecución de sanciones. Los abogados deben estar atentos a las decisiones judiciales para asesorar adecuadamente a sus clientes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 184 del LNSIJPA?

En caso de que un adolescente reciba sanciones de jueces especializados y jueces penales, se extinguirá la medida de sanción para cumplir con la pena impuesta. Esto establece un orden en la ejecución de las sanciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 184 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] La coordinación entre jueces es esencial para evitar confusiones en la ejecución de sanciones. Los abogados deben estar atentos a las decisiones judiciales para asesorar adecuadamente a sus clientes.

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