LNSIJPA

Artículo 158. Apercibimiento

El apercibimiento es una advertencia del Juez al adolescente sobre las consecuencias de reincidir en conductas delictivas. Es una medida preventiva que busca evitar futuros delitos.

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Texto Legal

Apercibimiento Consiste en la conminación que hace el Juez a la persona adolescente para que evite la futura realización de conductas tipificadas como delito, así como la advertencia que, en el caso de reincidir en su conducta, se le aplicará una medida más severa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben enfatizar la importancia del apercibimiento como un mecanismo para evitar sanciones más severas en el futuro, ayudando al adolescente a entender la seriedad de su situación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del LNSIJPA?

El apercibimiento es una advertencia del Juez al adolescente sobre las consecuencias de reincidir en conductas delictivas. Es una medida preventiva que busca evitar futuros delitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 158 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] Los abogados deben enfatizar la importancia del apercibimiento como un mecanismo para evitar sanciones más severas en el futuro, ayudando al adolescente a entender la seriedad de su situación.

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