LNSIJPA

Artículo 149. Obediencia debida

Se excluye la responsabilidad de adolescentes entre 12 y 14 años si el delito fue cometido por orden de una persona con autoridad. Esto establece un marco para la responsabilidad en jovenes.

responsabilidadobediencia debidaadolescentes

Texto Legal

Obediencia debida Se excluye la responsabilidad de la persona adolescente que al momento de la comisión de la conducta tuviere entre doce años y menos de catorce, cuando el delito se realice por orden de una persona que ejerza dirección, influencia o autoridad sobre el adolescente y éste no tuviera conocimiento pleno de la ilicitud de los hechos.

En los casos en los que la persona adolescente a que se refiere este artículo tuviera conocimiento de la ilicitud de los hechos, se le impondrá la medida de sanción de apercibimiento de la aplicación de medidas de protección.

LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 20-12-2022 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

En ambos casos, se les impondrán sesiones de asesoramiento colectivo y actividades análogas tendientes a la identificación de conductas antisociales y la inculcación de principios que fortalezcan sus valores humanos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La exclusion de responsabilidad por obediencia debida es un aspecto clave en la defensa de adolescentes. Los abogados deben evaluar cuidadosamente las circunstancias que rodean la comision del delito.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 149 del LNSIJPA?

Se excluye la responsabilidad de adolescentes entre 12 y 14 años si el delito fue cometido por orden de una persona con autoridad. Esto establece un marco para la responsabilidad en jovenes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 149 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia P...?

[IA] La exclusion de responsabilidad por obediencia debida es un aspecto clave en la defensa de adolescentes. Los abogados deben evaluar cuidadosamente las circunstancias que rodean la comision del delito.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 149 del LNSIJPA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 149 LNSIJPA desde tu celular