Se establece que la sancion privativa de libertad solo se puede imponer en ciertos casos y con limites específicos, dependiendo de la participacion del adolescente en el delito.
De la aplicación de la medida de sanción privativa de la libertad en casos de intervención a título de participación En caso de que la persona adolescente haya intervenido en la comisión de un hecho que la ley señale como delito a título de participe, solo se podrá imponer hasta tres cuartas partes del límite máximo de la medida de sanción privativa de la libertad que esta Ley establece, de acuerdo con el grupo etario al que pertenece.
Son formas de participación las siguientes:
I. Los que dolosamente presten ayuda;
II. Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al delincuente, en cumplimiento de una promesa anterior al delito, y
III. Los que sin acuerdo previo, intervengan con otros en su comisión, cuando no se pueda precisar el resultado que cada quien produjo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los defensores conozcan los limites de las sanciones privativas para argumentar en favor de sus clientes. La ley busca evitar sanciones desproporcionadas en adolescentes.
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