Las audiencias de seguimiento permiten al Juez de Ejecución verificar el cumplimiento del programa y el progreso de la persona sentenciada. Se celebrarán al menos dos audiencias por programa.
Audiencias de seguimiento Las audiencias de seguimiento, tienen por objeto que el Juez de Ejecución constate el cumplimiento del programa y escuche a la persona sentenciada sobre su avance y progreso. Cuando menos se celebrarán dos audiencias por programa.
A estas audiencias asistirán el Ministerio Público, el Centro de Tratamiento, la persona sentenciada y su defensor. LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Estas audiencias son esenciales para monitorear el avance del tratamiento. Los abogados deben estar atentos a los informes del Centro de Tratamiento para argumentar en favor de sus clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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